CORRUPCION Digital
E-mail: ainco2006@hotmail.com
CORRUPCIÓN Digital. Jueves 31/5/2007

El fundador de AINCO lleva ya 925 días "prófugo de la injusticia" y de constante lucha contra la corrupción judicial
CORRUPCIÓN, 31 mayo. El día 15 de noviembre de 2004, Rafael Díaz Roca, juez ex togado (procedente de la jurisdicción militar) y titular a la sazón del Juzgado de lo Penal nº 5 de Málaga, decretó la busca, captura e ingreso en prisión del fundador de AINCO, Alberto Pérez, para el cumplimiento de la pena de dos años que le fue impuesta por un imaginario delito contra la administración de justicia (decir a un bedel de la UNED hace 18 años que le iba a denunciar por falso testimonio). Desde entonces permanece la verdadera alma máter de AINCO en esta situación, pero sin abandonar un solo día la histórica lucha contra la corrupción judicial, según lo acreditan los casos del juez de Málaga condenado a 4 años de prisión y 24 de inhabilitación por realizar "favores judiciales" a cambio de dinero, el sustancialmente idéntico del presidente de la Audiencia de Las Palmas o el de la jueza de La Carolina imputada por delitos de detención ilegal, en los que Alberto Pérez ejercita la acción popular desde el "exilio" y tras declararse ante el Congreso de los Diputados "en desobediencia civil, prófugo de la injusticia y fugitivo de la corrupción judicial".
Los visitantes pueden emitir ya sus comentarios a esta noticia en la weblog www.asociacionainco.com en que se reproduce permanentemente la misma.
El CGPJ sanciona sólo por falta grave a un juez que acumuló 193 sentencias sin dictar y sancionado por el mismo retraso CORRUPCIÓN, 31 mayo. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sancionó también ayer al juez Joaquín Ebile Ensefum sólo como autor de una falta grave de retraso injustificado en el dictado de sentencia, pese a que a finales de 2006 acumulaba 193 sentencias sin dictar y haber sido sancionado el 15 de septiembre de 2003 precisamente por "los retrasos en que había incurrido en el dictado de sentencias". Tan blanda sanción carece de justificación alguna, toda vez que en julio de 2006 el Pleno del CGPJ impuso por la misma causa al titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 7 de Alcalá de Henares cuatro meses de suspensión como autor de una falta muy grave. Es más, por el mismo hecho el Pleno del pasado 17 de enero acordó imponer a una jueza de Paz la "sanción de separación" como autora de una falta muy grave del artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de "retraso injustificado y reiterado en la resolución de procesos o causas, a la vista del elevado número de juicios de faltas de su competencia sin celebrar".
La instructora del expediente disciplinario consideró que el retraso del juez Ebile reflejaba "una disfunción notable en el desempeño de la función jurisdiccional", pero que no se estaba ante una "infracción de la máxima gravedad", ya que el magistrado "ha cumplido y superado los módulos de dedicación" previstos por el CGPJ en los años anteriores. No obtante, existió "negligencia" por parte del juez, "pues era conocedor del retraso que había acumulado en los plazos para dictar sentencia en un elevado número de procedimientos" y, empero, "continuaba efectuando señalamientos de asuntos en número superior a su capacidad para sentenciar en plazo y a sabiendas de que no podía resolver la situación de retraso existente".
El TC deniega el amparo a la jueza de Marbella que fue expulsada por el CGPJ
CORRUPCIÓN, 31 mayo. La Sala 2ª del Tribunal Constitucional notificó ayer la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Pérez Tremps, por la que se deniega el amparo demandado por la jueza marbellí Pilar Ramírez, sancionada el 26 de enero de 2000 por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (PCGPJ) con la separación de la carrera judicial por corrupción judicial, consistente en no haberse abstenido en procedimientos en que tenía "interés indirecto" y, además, incumplir la prohibición de ejercer en Marbella donde "sus parientes directos tienes intereses económicos", lo que resulta constitutivo de sendas faltas muy graves. No obstante, el 17 de abril de 2002 el Tribunal Supremo estimó en parte el recurso que interpuso Ramírez y redujo la sanción de expulsión a cuatro años de suspensión de funciones judiciales (tres por la primera falta y uno por la segunda). Tras cumplir dichas sanciones, reingresó en la carrera judicial siendo destinada a un Juzgado de Ibiza y obteniendo después la plaza del Juzgado de 1ª Instancia de Torremolinos nº 5, donde presta servicios en la actualidad, ostentando, además, la relevante función de decana de los juzgados de dicha localidad costasoleña por razón de su preferente puesto escalafonal.
El TSJA declara insolvente al narco que el juez condenado liberó y devolvió los 141.545 euros que le fueron incautados
CORRUPCIÓN, 31 mayo. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), actuando como Sala de lo Penal, notificó ayer un auto dictado el martes, por el que "se declara insolvente a Manuel Mourente García", narcotraficante condenado por un delito de cohecho a dos años de prisión y multa de 9.000 euros "con la responsabilidad personal y subsidiaria de 30 días caso de impago" en la causa en que también resultaron condenados a 4 años de cárcel y otras penas el juez Antonio Fernández y el abogado Francisco del Pino por dos delitos de cohecho. Se da la circunstancia de que, según se declara probado en la sentencia condenatoria, en el momento de la detención de Mourente "se intervino en su domicilio 141.545 euros", que el juez condenado devolvió el 13 de agosto de 2004 a través del letrado también condenado "para agilizar el recobro bancario de dicha suma". De dicha cantidad "50.000 euros fueron restituidos a Manuel Mourente", conforme se declara igualmente probado. Sin embargo, el dinero ha desaparecido y se declara insolvente a Mourente, pese a que la fianza fijada en el referido procedimiento es de 16.000 euros. Así las cosas, en el probable supuesto de que el Tribunal Supremo confirme la sentencia condenatoria, un eventual mantenimiento del impago de la multa de 9.000 euros sería sustituido por 30 días de prisión, que Mourente deberá cumplir.
Los dos policías "incorruptibles" que despachan con el juez del "caso Malaya" piden ser relevados por falta de apoyo
CORRUPCIÓN, 30 mayo. Los dos principales inspectores de la "operación Malaya" han pedido por escrito su relevo al frente del Grupo III de la Sección de Blanqueo de Capitales de la UDYCO de Málaga, alegando falta de apoyo por parte de la Dirección General de Policía, según informa Europa Press. Se trata de los dos únicos policías que despachan personalmente con el juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Torres. Ambos son calificados por sus compañeros como "excelentes profesionales" y policías "incorruptibles", habiendo formado parte de los responsables policiales que departieron el pasado 2 de mayo con el presidente de Gobierno durante la visita que éste realizó a la Comisaría Provincial de Málaga. Las fuentes policiales consultadas por EP descartan que el comisario provincial de Málaga, José Gutiérrez, acepte la petición de los inspectores. Gutiérrez cesa en el cargo en los próximos días pasando a la segunda actividad. Algo huele a corruptos.
Sancionada por un falta grave y otra leve la jueza de Denia que censuró al fiscal y al Gobierno por las bodas homosexuales
CORRUPCIÓN, 30 mayo. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado hoy sancionar a la titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Dénia (Alicante), Laura Alabau Martí, con una multa de 305 euros como autora de una falta muy grave del artículo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (dirigir censuras al Gobierno), y con advertencia por una falta leve del artículo 419.2 del mismo texto legal (desconsideración con representante del Ministerio Fiscal). A favor del acuerdo sancionador han votado las vocales progresistas Montserrat Comas y Mª Ángeles García, así como el independiente Agustín Azparren, mientras que los vocales conservadores Juan Pablo González y Carlos Ríos votaron en contra, al considerar que las manifestaciones de la magistrada "carecían de relevancia disciplinaria alguna". Más información en las ediciones de los pasados días 26 de abril y 7 de mayo (ver HEMEROTECA-4, abajo).
El CGPJ investigará el extravío del escrito de Roca que originó la suspensión del juicio oral del "caso Incopromar"
CORRUPCIÓN, 30 mayo. Hoy ha tenido entrada en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) un escrito de queja, por el que se pone formalmente en su conocimiento el extravío de un escrito presentado por el acusado Juan Antonio Roca el pasado 20 de abril en el "caso Incopromar" seguido en el Juzgado de lo Penal nº 8 de Málaga, "por si consideran políticamente correcto abrir la correspondiente investigación". En dicho escrito Roca designó para su defensa al abogado Luis Javier Carmona, en cumplimiento del requerimiento acordado por el juez tras la renuncia del anterior defensor del acusado. Además, ante la pérdida de dicho escrito, el Juzgado designó a Roca un letrado de oficio, pero no comunicó a éste su nombramiento, "lo que igualmente deberá ser investigado" según la denuncia, ya que el pasado 21 de mayo no se presentó al juicio abogado alguno que asumiera la defensa del famoso acusado provocando la suspensión del mismo, que quedó señalado nuevamente para el próximo 26 de noviembre. Entre los acusados en la misma causa se encuentran también Julián Muñoz y Pedro Román cuya situación igualmente en prisión preventiva en el "caso Malaya" obligó a las "conducciones de los mismos desde los respectivos centros penitenciarios en que se hallan privados de libertad", se añade en el escrito. También figuran entre los acusados los demás concejales que formaron parte de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Marbella de 4 de julio de 1997, en la que se concedió a la empresa Incopromar, propiedad del periodista de la Cope Antonio Herrero, fallecido con posterioridad, licencia de obras para construir un edificio de 68 viviendas en nueve plantas, locales comerciales y aparcamientos en suelo clasificado en parte como zona verde y vial, amén de autorizar un exceso de la altura máxima permitida en cinco plantas.
El objeto de la investigación instada es "determinar las causas de las disfunciones habidas en la administración de justicia y en la actuación del titular del Juzgado de lo Penal nº 8 de Málaga en la causa de referencia".
"La justicia es la institución más corrupta del país boliviano y no cambiarla sería una enorme irresponsabilidad con el pueblo" (Evo Morales, presidente)
CORRUPCIÓN, 29 mayo. El presidente de Bolivia, Evo Morales, ha manifestado en varias ocasiones que "la justicia es la institución más corrupta del país", especialmente tras anunciar su intención de enjuiciar a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC), a los que acusa de tomar decisiones "políticas" y no estrictamente jurídicas. "No cambiar la justicia sería una enorme irresponsabilidad con el pueblo boliviano", aseguró hoy el presidente después de que hace dos semanas el TC cesara a cuatro magistrados de la Corte Suprema de Justicia, nombrados por Morales el pasado mes de diciembre cuando el Congreso estaba en funciones.
Resulta inaudito que esto ocurra en un país en vías de desarrollo, mientras el PSOE y ZP consagran la más inimpugnable patente de corso para los magistrados del TC con la aprobación de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, por la que se modifica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
La Audiencia Nacional propina un nuevo varapalo a la Fiscalía al confirmar la libertad del preso con "cáncer terminal"
CORRUPCIÓN, 29 mayo. La Sección 1ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la resolución del titular del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, por la que se concedió la libertad condicional al abogado y narcotraficante Pablo Vioque, que se encuentra hospitalizado a consecuencia del cáncer en fase terminal que padece. La Sala desestima así el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y basado en que el reo en situación terminal es "capaz de dirigir, organizar y planificar actos criminales, incluso dentro de la prisión", como el urdido para asesinar al entonces fiscal antidroga y actual fiscal-jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, casado por la fiscal-jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, Elvira Tejeda. Ya lo adelantamos en la edición de ayer, el recurso de la Fiscalía revelaba una "vendetta evidente, pura y dura".
El CGPJ anula otra sanción impuesta a un juez por la Comisión Disciplinaria
CORRUPCIÓN, 28 mayo. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó el pasado 9 de mayo "estimar el recurso de alzada 265/06", interpuesto por un juez con destino actual en un Juzgado de Primera Instancia contra el acuerdo de la Comisión Disciplinaria de 26 de julio de 2006, por el que se le impuso, por su actuación como titular que fue de un Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción, la "sanción de multa por importe de 1.200 euros, como autor de una falta grave del artículo 418.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, acuerdo que queda anulado". Ese precepto tipifica como falta grave "el retraso injustificado en la iniciación o en la tramitación de los procesos o causas que conozca el juez o magistrado en el ejercicio de su función, si no constituye falta muy grave". En definitiva, la Comisión sanciona y el Pleno anula la sanción; y cuando no es así, tal anulación la decreta el Supremo por caducidad. "Esto es lo que hay", dicen.
Conde-Pumpido pretende que muera en prisión el abogado que padece "cáncer terminal", porque planeó el asesinato del fiscal-jefe de la AN Javier Zaragoza
CORRUPCIÓN, 28 mayo. Es público y notorio que uno de los principios más esenciales del Derecho Penal es que en ningún caso la venganza puede justificar la actuación del Ministerio Fiscal. Sin embargo, el caso del abogado Pablo Vioque constituye una inadmsible excepción para Cándido Conde-Pumpido, fiscal general del Estado. Según consta acreditado por varios informes de los forenses y de los médicos del centro penitenciario, este recluso padece un cáncer con metástasis hepática "en fase terminal". Sin embargo, la Fiscalía ha recurrido la resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria por la que concede al mismo la libertad condicional, para que pase en libertad los últimos días (quizá horas) que le restan de vida, pese a que el Código Penal prevé que "si el peligro para la vida del interno, a causa de su enfermedad, fuera patente, por estar así acreditado por el dictamen del médico forense y de los servicios del establecimiento penitenciario, el juez de Vigilancia Penitenciaria podrá, previa en su caso la progresión de grado, autorizar la libertad condicional sin más trámite que requerir al centro penitenciario el informe de pronóstico final". En el mismo sentido se establece en el Reglamento Penitenciario cuando "se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables". El único motivo que esgrime Ministerio Público para sustentar su reprobable oposición no es otro que "se trata de un sujeto peligroso" ("en fase terminal") dado que planeó desde la cárcel el asesinato del entonces fiscal antidroga y hoy fiscal-jefe de la Audiencia Nacional (AN), Javier Zaragoza. Se da la circunstancia de que la fiscal-jefe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, Elvira Tejeda, es la esposa de Javier Zaragoza. Venganza evidente, pura y dura.
El CGPJ investiga a una jueza que dejó prescribir un juicio de faltas seguido contra el dueño de la empresa Oikos
CORRUPCIÓN, 28 mayo. El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) comunicó el pasado viernes que ha incoado la Información Previa 592/2007, a fin de investigar el motivo por el que la jueza sustituta Silvia Coll Carreño dejó prescribir el Juicio de Faltas 285/2006 del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Fuengirola (antiguo mixto nº 3) incoado a Antonio López Román, propietario de la empresa Oikos, dedicada a la elaboración y comercialización de productos declarados "medicamentos ilegales" por el Ministerio de Sanidad. La jueza investigada, que tiene a su cargo el referido Juzgado desde hace un año en que su titular inició la excedencia voluntaria para el cuidado de un hijo, dictó un auto el 13 de junio de 2005 en que reputó falta los hechos denunciados. Sin embargo, "al haber transcurrido más de seis meses" desde entonces "sin que exista actuación alguna", el pasado 13 de marzo dictó un nuevo auto por el que dispuso "incoar juicio de faltas y, al mismo tiempo, se decreta su prescripción".
Los recursos de amparo ante el TC ya puede presentarse hasta las 15,00 horas del día siguiente al de su vencimiento
CORRUPCIÓN, 27 mayo. Con la entrada en vigor ayer de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, por la que se modica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), "los recursos de amparo podrán también presentarse hasta las 15 horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo de interposición (ahora 30 días), en el registro del Tribunal Constitucional, o en la oficina o servicio de registro central de los tribunales civiles de cualquier localidad, de conformidad con lo establecido en el art. 135.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)". Hasta ahora, el TC venía aplicando "la ley del embudo", es decir, consideraba aplicable dicho precepto a todos los tribunales ordinarios pero no a su propia jurisdicción constitucional, a pesar de que la propia LOTC dispone expresamente que la LEC debe aplicarse "con carácter supletorio" en materia de "cómputo de plazos". Vergonzoso.
Fernando Ledesma puede compatibilizar el cargo de magistrado del TS con el de patrono de Arte y Derecho, dice el CGPJ
CORRUPCIÓN, 26 mayo. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) comunicó ayer un acuerdo que adoptó el pasado 16 de mayo, por el que archiva la Información Previa 528/2007, abierta para investigar si el magistrado del Tribunal Supremo Fernando Ledesma Bartret precisaba autorización del CGPJ para compatibilizar dicho cargo con su condición de fundador y patrono de la fundación Arte y Derecho. Entiende el CGPJ que "las afirmaciones o sospechas contenidas en el escrito de queja carecen de toda base y que no existe motivo alguno para exigir responsablidad disciplinaria al magistrado", pues se trata de cargos con "carácter honorífico, no retribuidos y que ninguna de las actividades que desarrollan es incompatible con el ejercicio de la función jurisdiccional". A tal conclusión llega la Comisión porque la principales funciones del Patronato son las de "velar por el cumplimiento de los fines de la fundación, elaborar el plan de actuación, junto con los objetivos y actividades de la fundación, aprobar las líneas de actuación y los presupuestos de la misma, etc.", por lo que "ninguna de ellas puede considerarse que entre en pugna con alguna de las causas de incompatibilidad recogidas en el art. 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial". Sin embargo, en la denuncia de un ciudadano que AINCO trasladó al CGPJ ya se decía que "oficialmente los patronos no cobran por el cargo obtienen otros rendimientos, como conferencias a que son llamados (Ledesma tiene a su hijo colocado en la fundación), dietas, etc., emolumentos que camuflan". Además, en la queja se formula una denuncia de máxima gravedad: "La razón por la cual colocan a un magistrado del Supremo en este tipo de fundaciones ligadas a actividades lucrativas es para "agilizar" o "facilitar" buenas soluciones en los pleitos importantes que pueden llegar al Supremo". Es decir, "pagan un contacto de alto nivel", subrayaba la denuncia. ¿Por qué el CGPJ esconde la cabeza bajo el ala?
Hoy comienza la impunidad más absoluta de los magistrados del Constitucional
CORRUPCIÓN, 26 mayo. Los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) pueden ya prevaricar, incurrir en retardo malicioso en la administración de justicia o en responsabilidad civil por dolo o negligencia inexcusable, que no pasará nada y "si pasa se le saluda", ya que sus resoluciones "no podrán ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado". Así es tras la entrada en vigor hoy de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 mayo, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 4.2 ha quedado redactado del siguiente tenor: "Las resoluciones del Tribunal Constitucional no podrán ser enjuiciadas por ningún órgano jurisdiccional del Estado". Es más, el TC pude incluso anular "aquellos actos o resoluciones" que contravengan tal imperativo legal o que menoscaben "el ámbito de su jurisdicción". Con ello se enciende la luz verde para que el TC pueda anular la sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que condenó a 11 de los 12 magistrados que componen aquél a pagar cada uno de ellos al abogado murciano José Luis Mazón Costa la cantidad de 500 euros y declaró incursos en responsabilidad civil a todos los demandados. Basta con que lo haga "motivadamente y previa audiencia al Ministerio Fiscal y al órgano autor del acto o resolución" (art. 4.3). En el programa electoral del PSOE de marzo de 2004 puede leerse: "Una Justicia responsable. Incidiremos de modo especial...en la exigencia de responsabilidad de los jueces por retrasos injustificados, error judicial culposo y mal funcionamiento de la Justicia. Los juicios por delitos y faltas cometidas por los jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones serán competencia del Jurado". Claro, menos las resoluciones de los magistrados del TC, quería decir ZP. ¡Qué cara tiene Rodríguez Zapatero!
El TSJA desestima la querella de la hija de Roca contra el juez del "caso Malaya"
CORRUPCIÓN, 25 mayo. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado hoy la querella interpuesta contra el juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Torres, por la hija del considerado cerebro de la trama de corrupción existente en el Ayuntamiento Marbella durante los últimos quince años, Juan Antonio Roca. El alto tribunal basa su decisión en que la "gravedad" de los hechos investigados "aconsejaba la detención", que fue "legítima" y cumple con los presupuestos básicos de legalidad, excepcionalidad, proporcionalidad y temporalidad. No obstante, la Sala "no puede silenciar" que las circunstancias de tiempo y de lugar que rodearon la detención de María Roca, practicada por miembros del Cuerpo Nacional de Policía, "son totalmente ajenas al instructor que la ordenó". Los abogados de la querellante han anunciado que recurrirán en súplica el auto, pese a que las posibilidades de que fructifique son prácticamente nulas. La admisión a trámite de la querella hubiera apartado al juez Torres de la instrucción del "caso Malaya".
Un vocal del CGPJ propuso expedientar y cesar al jefe del Servicio de Inspección
CORRUPCIÓN, 25 mayo. El vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nombrado a propuesta de CiU, Josep Alfons López de Tena, propuso al Pleno la "apertura de expediente disciplinario al jefe del Servicio de Inspección (José María Gil Sáez) y su cese en el cargo". Sin embargo, la insólita propuesta fue desestima en la última sesión plenaria del CGPJ, celebrada el pasado 9 de mayo (acuerdo nº 26). El jefe del Servicio de Inspección tiene categoría de magistrado del Tribunal Supremo. Arde...
El CGPJ archiva la investigación abierta al juez de los "casos Aznar" porque se discute "el acierto" de sus resoluciones
CORRUPCIÓN, 25 mayo. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha notificado hoy el acuerdo nº 57 que adoptó en su reunión del pasado 16 de mayo, por el que archivó la Información Previa 495/2007, abierta al juez de instrucción nº 23 de Madrid, David Yehiel Maman Benchimol, por posible falta muy grave de "desatención" al archivar las diligencias incoadas al ex presidente del Gobierno José María Aznar sin recibir declaración a éste en calidad de imputado. El archivo trae su causa del informe de la Jefatura del Servicio de Inspección, en que se afirma que "lo que realmente se discute es el acierto de las indicadas resoluciones", ya que "del iter procedimiental expuesto no se detecta retraso (sic) ni irregularidad alguna en la tramitación susceptible de reproche disciplinario al órgano judicial". Sin embargo, AINCO denunció a Maman Benchimol por posible falta muy grave "desatención" no de "retraso", conceptos jurídicos y tipos bien distintos. Y sobre la susodicha imputación de desatención, el CGPJ guarda el más total y absoluto silencio. "No se puede engañar siempre a todos", aseguran responsables de AINCO respecto a ese "muerto viviente".
En relación con este mismo asunto, CORRUPCION.es ha podido saber que la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid podría haber resuelto ya el recurso de apelación interpuesto por las acusaciones populares contra el archivo de la causa seguida contra Aznar por manifestar que tiene en su poder copias de todos los informes del CNI sobre los atentados del 11-M.
El TC requiere a la Audiencia de Málaga para que remita testimonio de parte de la causa seguida contra Alberto Pérez
CORRUPCIÓN, 24 mayo. Casi dos años y medio después de la presentación del recurso de amparo nº 7458/2004, el Tribunal Constitucional ha notificado hoy una resolución por la que ordena requerir "inmediatamente" a la Audiencia de Málaga, para que "en el plazo de 10 días remita testimonio de actuaciones relativas al incidente de recusación de los magistrados Sr. Godino Izquierdo y Sr. Arroyo Fiestas (presidente de la Audiencia malagueña) con resolución de dicho incidente obrantes en el rollo 32/2004", así como del "escrito de recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 5 de Málaga, de 4 de septiembre de 2003". Se trata, como venimos denunciando diariamente, del estrámbótico caso por el que el fundador de AINCO Alberto Pérez fue condenado a dos años de prisión por un imaginario delito contra la administración de justicia. Se da la inexplicable circunstancia de que en recursos de amparo registrados con posterioridad y admitidos a trámites por el TC, ha recaido ya incluso sentencia, como sucede con el recurso homónimo 7601/2004 y otros muchos (ver portal del TC en www.tribunalconstitucional.es). Sin embargo, en el amparo de Pérez, tramitado en la Sección 1ª del TC, que preside también Mª Emilia Casas Bahamonde y de la que forman parte el ex presidente del TS y del CGPJ, Javier Delgado Barrio, y el catedrático de Derecho Constitucional Manuel Aragón Reyes, aún no se ha decidido sobre la admisión a trámite del mismo. Es decir, cuando el TC dicte sentencia habrá incluso prescrito la pena de dos años de prisión impuesta en la sentencia recurrida en amparo, ya que las penas menos graves (de 6 meses a 3 años) prescriben a los 5 años y el tiempo de prescripción se computa desde la fecha de la sentencia firme. Es más, si el fundador de AINCO hubiera ingresado en la cárcel habría cumplido íntegramente dicha pena hace seis meses. ¿Y qué hubiera sucedido si ahora el TC admite a trámite su recurso y después otorga el amparo anulando la sentencia condenatoria? Pues, sencillamente, que nada ni nadie podría devolverle los dos años de ilegal privación de libertad. El sistema "falla".
El TS "consolida" su doctrina de que la tasación de costas "no permite adición alguna por repercusión del IVA"
CORRUPCIÓN, 24 mayo. La Sala 3ª del Tribunal Supremo (TS) ha hecho pública ayer una resolución dictada el pasado 9 de abril, en la que declara que "las dudas que esta materia suscitó han producido algún pronunciamiento en sentido diferente", pero "ha terminado por consolidarse la doctrina" según la cual "la tasación de costas no permite adición alguna por repercusión del IVA". El Supremo razona para ello que se trata de una "cuestión ajena a dicha tasación sobre la que no puede hacerse una declaración de fuerza propia de un pronunciamiento judicial", ya que, si surgiera contienda entre los sujetos implicados, "la competencia corresponde a la Administración y no a este Tribunal, que no puede actuar en esta materia, ni en ninguna de índole administrativa, preventivamente". Y ello es así, añade, por cuanto "la repercusión del IVA sobre los honorarios y derechos de abogados y procuradores no son el objeto sino una consecuencia de la tasación", y cualquier controversia que se suscite sobre esta materia "debe sustanciarse y resolverse siguiendo los procedimientos regulados en el Reglamento de procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas". Así pues, letrados y procuradores debieran tomar buena nota de la consolidación de dicha doctrina en sus minutas.
El CGPJ inhabilita a otro magistrado por "incapacidad permanente" para el cargo
CORRUPCIÓN, 24 mayo. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del pasado 9 de mayo acordó "declarar la jubilación por incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales de Félix Calvo Ortega", titular del Juzgado de Menores único de Albacete. La causa del acuerdo plenario se cimenta en la "lesión o proceso patológico padecidos" por el magistrado, que "le inhabilita por completo para toda profesión u oficio". El cese en su destino de Calvo Ortega fue efectivo "en la misma fecha" en que el CGPJ declaró su "incapacidad permanente para el servicio".
El fiscal del TS pide la revocación de una sentencia condenatoria por prevaricación dictada por acusación del fiscal de Sevilla
CORRUPCIÓN, 23 mayo. Podría decirse que la Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) impugna la actuación de la Fiscalía de la Audiencia de Sevilla, pese a que el Ministerio Fiscal ejerce su misión conforme a los principios de "unidad de actuación y dependencia jerárquica". Esto es, en suma, lo que ha sucedido en el caso del alcalde de Almadén de la Plata (Sevilla), José Luis Vidal (PP), condenado por la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Sevilla como autor criminalmente responsable de un delito de prevaricación a la pena de siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por la única acusación de la Fiscalía sevillana. El condenado recurrió en casación y ahora, incomprensiblemente, el fiscal del Supremo se adhiere a dicho recurso y solicita la libre absolución del regidor "popular". En teoría le asiste la razón al abogado del acusado, José Luis Moreno, cuando dice en un comunicado remitido a Europa Press que, dado lo "rotundo" del informe del fiscal del Supremo, "el fallo no es lógico que se retrase" por cuanto, además, "la jurisprudencia aportada en dicho informe coincide con la presentada por este letrado ante la Audiencia de Sevilla". No obstante, según las fuentes especializadas consultadas por CORRUPCION.es, el atípico y sorprendente informe en modo alguno vincula a la Sala de lo Penal del Supremo, ya que en la sentencia casacional "se limitará a decidir si ha lugar o no al recurso interpuesto por el condenado", sin perjuicio de que pueda "propinar un duro varapalo" a los representantes del Ministerio Público actuantes. Hay que recordar que recientemente se ha llegado a una situación aún más extraña (caso de la funcionaria de Málaga condenada a dos años de cárcel por robar sumarios para venderlos a los abogados de los acusados): el primer fiscal del TS (progresista) se adhirió por escrito al recurso de casación de la acusación popular y, sin embargo, en la vista del recurso intervino una fiscal (conservadora) que pidió la confirmación de la sentencia recurrida. Así las cosas, aflora la fundada sospecha de que el subrepticio motivo del anómalo proceder del fiscal del Supremo obedezca a razones de índole política (se trata de un alcalde del PP condenado), así como que su actuación sea incluso desconocida por el fiscal jefe de la Sala 2ª del Tribunal Supremo.
Piden al CGPJ que investigue al TSJA por tardar 10 años en emplazar a la Junta de Andalucía para formalizar una demanda
CORRUPCIÓN, 23 mayo. Diez años después de la presentación del recurso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no ha acordado aún conceder a la Junta de Andalucía el plazo legal de 20 días para la formalización de la demanda en el "caso Incopromar" de Marbella. Se trata de la impugnación de un convenio aprobado el 4 de julio de 1997 por la Comisión de Gobierno del consistorio marbellí, presidida por el otrora alcalde accidental Julián Muñoz y por el que se concedió licencia de obras a dicha mercantil, cuyo 95% de participaciones eran propiedad del periodista ya fallecido Antonio Herrero, para construir un edificio de 68 viviendas, locales comerciales y aparcamientos en la avenida del Mar de la ciudad costasoleña, pese a que parte del suelo estaba clasificado como "viario" y de uso público. Según fuentes judiciales citadas por diariomalagahoy.com, la causa de tamaño desaguisado se localiza en el "absoluto caos y descontrol" del tribunal malagueño, derivado de la falta de medios humanos y materiales. La gravedad de la situación resulta acentuada, ya que el juicio penal por los mismos hechos estaba señalado por el Juzgado de lo Penal nº 8 de Málaga para el pasado lunes y fue suspendido ante la incomparecencia del abogado de Juan Antonio Roca, también acusado en este procedimiento, quedando señalado nuevamente para el próximo 26 de noviembre. Es decir, el juicio penal se celebrará antes de que se resuelva el recurso contencioso-administrativa deducido contra la controvertida licencia municipal, que el Ministerio Fiscal considera prevaricada.
El fiscal del TSJA pide la inadmisión de la querella contra el juez del "caso Malaya"
CORRUPCIÓN, 22 mayo. El fiscal-jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Jesús María García Calderón, informó hoy por una nota de prensa que mañana hará público el informe que ha presentado ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, por el que solicita la inadmisión a trámite de la querella interpuesta por delito de prevaricación contra el juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Torres, por María Roca Jimeno, hija del principal imputado en el mismo, Juan Antonio Roca. Ampliación del caso más abajo.
El TS rechaza el recurso del abogado del Estado y mantiene la suspensión de una multa de 3.000 €, por las "dificultades económicas" de la jueza sancionada
CORRUPCIÓN, 22 mayo. La Sección 7ª de la Sala 3ª del Tribunal Supremo desestimó el pasado 11 de abril el recurso de súplica interpuesto por el abogado del Estado y mantiene la insólita suspensión cautelar de una sanción de multa de 3.000 euros impuesta por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a la que fuera titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Úbeda (Jaén) y "destinada actualmente en Plasencia". En la inaudita resolución, dictada bajo la ponencia del magistrado "progresista" Nicolás Antonio Maurandi Guillén, se dice que las alegaciones del abogado del Estado "no combaten especialmente la singular ponderación de los intereses enfrentados" y esa "falta de eficaz impugnación" aconseja reiterar que "el traslado de la demandante y la adquisición de una vivienda a causa de ello permite compartir las dificultades económicas que fueron alegadas para apoyar la solicitud de medida cautelar". Corporativismo puro y duro, pues el Sr. Maurandi -que ya no convence ni siquiera a la progresista JpD de la que forma parte- olvida no sólo la doctrina pacífica y bien consolidada según la cual las sanciones económicas no producen, obviamente, perjuicios de difícil o imposible reparación, sino, fundamentalmente, la escasa cuantía de la multa en relación con el precio de la nueva vivienda adquirida por la jueza sancionada y sus retribuciones mensuales. Inexplicable, Sr. Maurandi.
Más información en la edición del pasado 6 de abril (ver HEMEROTECA-4).
Prisión eludible con 400.000 € de fianza para el ex director de Hacienda de Irún
CORRUPCIÓN, 18 mayo. La titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Irún, Almudena Ovejero, ha dictado a última hora de la mañana auto de prisión provisional eludible bajo fianza de 400.000 euros para el ex director de la oficina de Hacienda de Irún, José María Bravo, hermano del ex senador del PNV Víctor Bravo. La jueza imputa al tenido esta mañana en la gestoría que regenta en la plaza de Urdanibia de Irún delitos de malversación de caudales públicos, estafa, falsedad documental y blanqueo de capitales, como consecuencia de la imputada apropiación indebida de 1,5 millones de euros de la Hacienda foral. En la misma causa se encuentra también imputada la esposa de José María Bravo, María Rosa Cobos Crespo, amén de Pilar Gracenea Echegoyen y Pedro María Atristain Gabilondo. El caso traerá cola.
"Puse un premio a nombre de mi hija María para que tuviera dinero para sus estudios y gastos" (Juan Antonio Roca)
CORRUPCIÓN, 18 mayo. El considerado cerebro del entramado venal urdido en el Ayuntamiento de Marbella, Juan Antonio Roca, declaró el pasado 19 de marzo ante el juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Torres, que "ha cobrado los boletos premiados, por ejemplo, a nombre de su hija María, en una sola ocasión" y que "puso el premio a su nombre para que tuviera dinero para sus estudios y gastos". En alguna ocasión "también ha cobrado estos premios a nombre de su padre y de su madre para que tuvieran dinero", añadió Roca, según ha podido conocerse tras el levantamiento del secreto de su declaración. ¿Por qué el juez Torres no ordenó también la detención de los ancianos padres de Roca, como dispuso en relación con la hija de éste, si la imaginaria responsabilidad por blanqueo de capitales era la misma?
Un juez denuncia a 2 de sus funcionarios para encubrir su retraso injustificado y la falsedad de la fecha de una sentencia
CORRUPCIÓN, 17 mayo. El juez de Ortigueira (A Coruña), Francisco-Javier García Ferrández, denunció el pasado 5 de febrero ante el Director General de la Consejería de Justicia de la Xunta de Galicia a dos de los funcionarios del órgano judicial a su cargo. El juez sustenta la denuncia formulada contra el primero (un oficial) en que "ha sido reticente a tramitar sus asuntos utilizando el sistema LIBRA alegando que no ha recibido ningún curso de formación y por eso utiliza el sistema WORD", mientras que sobre la segunda (una auxiliar) dice que "el jueves día 9 de noviembre de 2006 manifestó categóricamente su disconformidad con el desempeño de las nuevas funciones encomendadas" y cuatro días después "causó baja en este juzgado por razones de salud, continuando de baja a fecha del informe (finales de marzo)". Sin embargo, CORRUPCION.es ha podido comprobar que la realidad de lo acaecido es diamentralmente distinta: ambos funcionarios llevaban muchos años destinados en la sección civil y fueron trasladados a la sección penal, encomendándoles así la tramitación de asuntos penales pese a su total y absoluto desconocimiento de los mismos.
La enjundia del asunto reside en la pregunta que cualquier observador imparcial se hará acerca de la causa por la que el juez formuló tales denuncias el pasado 5 de febrero, cuando los hechos objeto de la misma acaecieron en noviembre de 2006. La respuesta se encuentra en ocho Informaciones Previas abiertas por el Consejo General del Poder Judical (CGPJ) para investigar los alarmantes retrasos de sendos procedimientos. Concretamente, en la Información Previa 125/07 consta que "con fecha 2 de febrero de 2007" la Sección de Informes del Servicio de Inspección "recabó oficio al órgano judicial", en relación con el contenido de la denuncia, en la que se dice (y acredita con una grabación sonora y tres testigos presenciales) que el mismo funcionario denunciado (José Lorenzo López, conocido por "Pepe") manifestó a la denunciante el día 13 de febrero, en presencia de su abogada, que el Juicio de Faltas 31/06 "lo tiene el juez, está terminando la sentencia y nos acaba de decir que en cuanto la termine nos la pasará y será notificada". Sin embargo, tres días después se notificó dicha sentencia, que aparece mendazmente dictada el día 30 de octubre de 2006.
El decano de la AN socava la fraudulenta pretensión de Grande-Marlaska sobre el conocimiento de la querella contra ANV
CORRUPCIÓN, 17 mayo. El juez decano de la Audiencia Nacional (AN), Ismael Moreno, ha decidido hoy remitir al Juzgado Central de Instrucción nº 5, servido por Baltasar Garzón, la querella interpuesta por el colectivo ultraconservador Dignidad y Justicia contra ANV cuyo conocimiento buscó descaradamente el titular del Juzgado nº 3 de la misma AN, Fernando Grande-Marlaska, alegando que estaba de guardia y se trata de delito "de carácter permanente". El decano propina un duro varapalo al polémico juez, recordando que según las normas de reparto vigentes el conocimiento de la querella corresponde al Juzgado nº 5 por la regla prioritaria de "los antecedentes", según la cual el caso debe enviarse al órgano judicial que hubiera resuelto con anterioridad sobre el mismo, máxime cuando la propia parte querellante reconoce públicamente que intenta cambiar de juez para que su querella funcionase "en sentido correcto". Juez a la carta, en suma.
La presidenta de la Sección 15ª de la Audiencia de Madrid estudia la apelación contra el archivo del "caso Aznar-CNI"
CORRPCIÓN, 16 mayo. La Sección 15ª de la Audiencia Provincial del Madrid ha notificado hoy una resolución dictada el pasado 9 de mayo, por la que se nombra a su presidenta, María del Pilar Olivan Lacasta, ponente del recurso de apelación registrado con el número 291/07 y formulado por AINCO y dos abogados murcianos contra el auto de archivo de la causa abierta en el Juzgado de Instrucción nº 23 de Madrid contra el ex presidente del Gobierno José María Aznar por tener en su poder copias de todos los informes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) sobre los atentados del 11-M. Dicho recurso ha sido impugnado por el Ministerio Fiscal, dirigido por Cándido Conde-Pumpido. En la misma providencia, la magistrada ordena que "queden los autos sobre la mesa para resolver", lo que evidencia que en los próximos días y, en todo caso, antes del 27 de mayo, se dictará el auto de la Sala, conforme adelantó CORRUPCION.es el pasado 4 de mayo (abajo).
Reingresa un fiscal anticorrupción que se encontraba en servicios especiales
CORRUPCIÓN, 16 mayo. El fiscal anticorrupción David Martínez Madero ha reingresado al servicio activo en la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionador con la Corrupción tras finalizar su nombramiento como Consejero Residente de la Comisión Europea en Rumanía, a cuyo objeto fue declararado en situación de servicios especiales en la carrera fiscal. Aunque la orden ministerial 1327/2007, de 3 de mayo, por la que se dispone tal reingreso ha sido publicado hoy en el BOE, el mismo tiene "efectos desde el 25 de abril de 2007". En suma, la Fiscalía Anticorrupción que dirige Antonio Salinas dispone de un componente más.
Silencio sepulcral en el CGPJ sobre las denuncias contra el juez del "caso Aznar"
CORRUPCIÓN, 15 mayo. Casi cuarenta días después de la presentación de dos denuncias por presunta falta muy grave de "desatención" contra el juez de instrucción nº 23 de Madrid, David Yahiel Maman Benchimol, por haber archivado las causas abiertas contra el ex presidente del Gobierno José María Aznar sin haber oído a éste en declaración, el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no ha remitido a la parte denunciante (AINCO) la comunicación habitual sobre la apertura de la información previa correspondiente, cuya tramitación no puede superar un mes y que consiste esencialmente en recabar el informe oportuno del juez denunciado. No es la primera ocasión en que tal indebida omisión se produce, pero, significativamente, sucede cuando existe un acentuado interés de la opinión pública en los mismos y la consiguiente cobertura mediática. Resulta sorprendente y razonablemente sospechoso que precisamente en este relevante caso no se conozca siquiera si el CGPJ ha abierto la investigación correspondiente, cuando la cacareada y ansiada transparencia ha representado el norte y brújula de este "muerto viviente", que constituye el actual CGPJ en funciones desde el pasado 7 de noviembre.
La Fiscalía pide dos años de cárcel para el dueño de OIKOS por allanar un local de abogados y sustraer ordenadores
CORRUPCIÓN, 15 mayo. El Ministerio Fiscal ha formulado acusación por delitos de allanamiento y realización arbitraria del propio derecho (sustracción de equipos informáticos propios y de la empresa de abogados arrendataria) contra Antonio López Román, propietario de la conocida empresa OIKOS, dedicada a la elaboración y comercialización de productos a base de espirulina -alga que produce efectos reductores del apetito y, por tanto, adelgazantes- considerados "medicamentos ilegales" por el Ministerio de Sanidad. En el escrito de acusación, al que ha tenido acceso CORRUPCION.es, el Ministerio Público considera procedente imponer al acusado una pena de dos años de prisión e inhabilitación especial durante el tiempo de la condena como autor criminalmente responsable de "un delito de allanamiento de domicilio de los despachos de abogados PRIUS, Defensa y Asistencia Jurídica, S.L.", así como una pena de multa de 10 meses con una cuota diaria de 12 euros (3.600 euros) por "un delito de realización arbitraria del propio derecho", con "responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago". Además, "por vía de responsabilidad civil, el acusado indemnizará al representante legal de PRIUS en la cantidad que en ejecución de sentencia sean tasados pericialmente los perjuicios ocasionados", ya que mantuvo el local allanado "desde el día 5 de febrero de 2003 hasta el día 23 de octubre de 2003". El acusado "posteriormente devolvió los efectos sustraídos", entre los que se encuentran "un ordenador, un monitor y un teclado propiedad de la arrendataria" y "otro ordenador, dos monitores y un teclado que se arrendaron junto con el local a PRIUS". Sigue información más abajo.
La hija de Roca no sabía nada de una cuenta ni de los premios de lotería
CORRUPCIÓN, 15 mayo. María Roca Jimeno, hija del cerebro de la trama de corrupción municipal y urbanística existente en el Ayuntamiento de Marbella, Juan Antonio Roca, declaró ante el juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Torres, después de pemanecer detenida durante más de 24 horas, que no sabía nada de una cuenta corriente abierta a su nombre en la sucursal de La Caixa en Los Alcázares (Murcia), cuyo director era Antonio Jimeno, cuñado de Roca. También negó que hubiera sido agraciada con algún premio de lotería, porque ella "no juega". Tal declaración ha podido conocerse tras el nuevo levantamiento del secreto parcial de algunas de las actuaciones practicadas en la polémica causa y que ponen de manifiesto que la joven estudiante de quinto curso de Derecho fue detenida en Madrid en presencia del resto de alumnos, pese a que ni siquiera constaba que la cuenta abierta a su nombre por su padre hubiera sido firmada por ella, ni que tuviera participación alguna en la compra de los boletos premiados, únicos hechos en que se pretende justificar su privación de libertad, a todas luces arbitraria, imputada por un imaginario delito de banqueo de capitales. ¿Delito de prevaricación o falta grave de exceso o abuso de autoridad?
Las investigaciones de la Fiscalía de Málaga contra la corrupción urbanística crecieron un 475% el año pasado
CORRUPCIÓN, 14 mayo. A principios de los 90 se decía en la Fiscalía de Málaga que los juristas de AINCO padecían "diarrea jurídica", por el número de denuncias y querellas que presentaron contra cargos públicos por delitos de corrupción. Quince años después y tras la creación de dos plazas de fiscales delegados anticorrupción y una contra los delitos medioambientales, las estadísticas son bien elocuentes: el número de diligencias de investigación abiertas en 2006 por esos fiscales malagueños fue de 332, un 475% que el año anterior. Según la memoria de la Fiscalía, 243 de las denuncias correspondieron a delitos urbanísticos, 29 contra el medio ambiente, 35 por incendios, 12 por desobediencia en la materia urbanística, 9 contra la flora y la fauna, y cuatro contra el patrimonio histórico. El Ministerio Público atribuye tan inexplicable incremento de sus investigaciones a la mayor persecución por las administraciones y a las denuncias de colectivos y partidos políticos. Sin embargo, es "vox populi" que la causa básica de tal aumento exponencial en 2006 obedece a las actuaciones de los dos fiscales anticorrupción no dependientes del fiscal-jefe de Málaga sino de la Fiscalía Anticorrupción, que dirige desde Madrid Antonio Salinas. ¿Diarrea jurídica o impunidad por inacción de la Fiscalía malagueña?
Vera y su abogado intoxican a la opinión pública con una inexistente sentencia del TEDH sobre el "caso Marey"
CORRUPCIÓN, 14 mayo. El que fuera secretario de Estado para la Seguridad con Felipe González de presidente del Gobierno y José Barrionuevo de Ministro del Interior, Rafael Vera, y el abogado de éste, Manuel Cobo del Rosal, han manipulado durante el fin de semana pasado la información sobre una resolución dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el "caso Marey", intoxicando a la opinión pública acerca del contenido de la misma. Contrariamente a lo publicado sobre la base de la mendaz información divulgada por aquéllos, el TEDH no ha dictado sentencia en la demanda interpuesta por Rafael Vera contra España, sino que se ha limitado a "declarar admisibles" las quejas del requirente extraídas del derecho a un tribunal imparcial y del principio de presunción de inocencia, amén de suscitar "inquietudes" acerca de la duración del proceso (15 años) y consiguiente vulneración del derecho a que el proceso se sustancie dentro de un "plazo razonable". Sentimos vergüenza ajena por tamaña intoxicación.
El TEDH condena a España por violar la imparcialidad judicial en el "caso Marey"
CORRUPCIÓN, 12 mayo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha estimado la demanda presentada por José Barrionuevo y Rafael Vera, ex ministro del Interior y ex secretario de Estado para la Seguridad, condenando a España por violación del derecho básico a un proceso justo cuyo trasunto y corolorio más esencial lo constituye la imparcialidad judicial, y ordenando que "se repita" el juicio del "caso Marey". "Sin imparcialidad judicial no existe, propiamente, proceso penal", viene proclamando a bombo y platillo el Tribunal Constitucional. Sin embargo, el nuevo varapalo que le propina el TEDH pone de manifiesto una vez más que la imparcialidad judicial en España es, sencillamente, una utopía, cuando se trata de asuntos en que se pone en entredicho "el sistema" (recuérdese el "caso Cesid", y tantos otros). Pronto recaerá una nueva condena por vulneración del mismo derecho esencial en el "caso Gómez de Liaño". Y los que a éste seguirán.
Denuncian al juez del "caso Malaya"ante el CGPJ por posibles abuso de autoridad, revelación de datos y desatención
CORRUPCIÓN, 11 mayo. La detención ayer e inmediato traslado a presencia judicial de Carlos G.P., imputado por delitos de blanqueo de capitales y alzamiento de bienes en el "caso Malaya", ha representado un elemento probatorio "básico" de la comisión de una presumible falta grave de exceso o abuso de autoridad por el juez instructor, Miguel Ángel Torres, en relación con la detención de María Roca, hija del ex asesor municipal marbellí y cerebro del entramado societario y venal, Juan Antonio Roca. "¿Por qué no se actuó de la misma guisa con esta joven estudiante de Derecho a quien el juez Torres formuló cuatro preguntas inocuas durante pocos minutos y que ser hija del principal imputado parece ser el único "delito" que ha cometido?". Y "¿cómo se explica que no haya atendido la reiterada petición de su abogado consistente en que acordara que le fuera expedida y entregada una copia testimoniada del auto de detención, a sabiendas de que su finalidad no era otra que la interposición de una querella por prevaricación contra el propio juez instructor?, se cuestionan en AINCO, recordando la providencia dictada esta misma semana por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que reclama a Torres la inmediata remisión del testimonio de dicho auto y de la pieza de situación personal de la detenida que, probablemente, ni siquiera habrá sido formada. La extensa denuncia se elabora en estos momentos y se presentará en las próximas horas o el lunes ante la Comisión Disciplinaria del CGPJ.
El CGPJ inadmite un recurso de López Guerra, ex secretario de Estado de Justicia y candidato a juez del TEDH
CORRUPCIÓN, 11 mayo. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó el pasado 25 de abril "por unanimidad" inadmitir el recurso de alzada intepuesto por Luis López Guerra, en su calidad de Secretario de Estado de Justicia, contra el acuerdo nº 14 de la Comisión Permanente del CGPJ de 28 de diciembre de 2006, por el que "se deniega su propuesta de concesión de comisión de servicios, con relevación de funciones, a favor de la magistrada Sonia Alicia Chirinos Rivera, titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Madrid, a fin de colaborar en los estudios que lleva a cabo la citada Secretaría de Estado para la modernización de la Administración de Justicia". En la segunda parte del acuerdo se dice que "por la Comisión Permanente se inicie de inmediato la tramitación del escrito de recurso de alzada formalizado como requerimiento de los previstos en el artículo 44 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, prosiguiendo su sustanciación en forma legal".
Resulta incomprensible que quien ha sido vicepresidente del CGPJ y del Tribunal Constitucional, y ahora lidera la terna propuesta por el Gobierno para el nombramiento de magistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), desconozca lo que debe ser un requerimiento legalmente establecido en lugar de un improcedente recurso de alzada. Ni siquiera los vocales progresistas del CGPJ han entrado en el proceloso juego suscitado por tamaño camicace del PSOE y que pronto se quitó de encima Bermejo.
Dos años y cuatro meses es un plazo razonable para resolver los recursos de amparo en el TS, según el CGPJ
CORRUPCIÓN, 10 mayo. La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó el pasado 24 de abril que "realmente no puede hablarse de dilación ni retraso injustificado" cuando la Sección 7ª de la Sala 3ª del Tribunal Supremo tarda dos años y cuatro meses en dictar sentencia en un recurso tramitado por el procedimiento especial "sumario y preferente" para la protección de los derechos fundamentales, interpuesto precisamente contra un acuerdo del propio CGPJ. Máxime, añade, "si no nos olvidamos de que estamos hablando de la Sala 3ª del Tribunal Supremo, donde se tratan un elevadísimo número de asuntos".
El acuerdo del CGPJ trae su origen de la denuncia presentada por AINCO por el retraso existente en la tramitación y resolución del recurso contencioso-administrativo interpuesto ante el Supremo contra el acuerdo del Pleno del CGPJ de 23 de febrero de 2005, que se confirmó, con matices, una inaudita resolución de la decana de los juzgados de Fuengirola, por la que, como represalia por la campaña informativa efectuada por AINCO en mayo de 2004 "contra el incumplimiento generalizado del horario de audiencia pública", se prohibió a su fundador y alma máter, Alberto Pérez, acceder al Palacio de Justicia, salvo que tuviera que cumplimentar algún trámite y hubiera sido citado al respecto. El debate central de dicho procedimiento versa "sobre los términos en que puede ejercerse las funciones de gobierno interno judicial en cuanto a la utilización de los edificios judiciales y sobre si, en el marco de las mencionadas funciones, se pueden establecer restricciones o condiciones a aquella utilización", según declaró la propia Sala en el mismo procedimiento en un auto dictado el 21 de febrero de 2006.
Se da la insólita circunstancia de que el neuvo recurso contencioso-administrativo que AINCO presentará de inmediato contra el acuerdo de la Comisión Disciplinaria, según ha podido conocer CORRUPCION.es, deberá ser tramitado y resuelto por el mismo tribunal denunciado, esto es, la Sección 7ª de la Sala 3ª del Supremo. Se supone que sus componentes se abstendrán.
El CGPJ inhabilita por incapacidad permantente a otros dos magistrados, uno de ellos del Tribunal Supremo
CORRUPCIÓN, 10 mayo. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial celebrado el pasado 25 de abril acordó "declarar la jubilación forzosa por incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones judiciales de Francisco Trujillo Mamely, magistrado de la Sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo", al considerar que "la lesión o proceso patológico padecido le inhabilita por completo para toda profesión u oficio".
Trujillo Mamely es miembro de la conservadora APM y cumple 70 años el próximo 17 de junio, fecha en que hubiera sido jubilado por edad. Ha ejercido la función jurisdiccional durante 42 años y su anterior destino fue la Sala de lo homónima del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En la misma sesión plenaria del CGPJ se acordó también la jubilación por la misma causa del magistrado Ernesto Pérez Soler, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Alicante, debido a la "contundencia, precisión y virtualidad con que se pronuncian los distintos certificados médicos aportados al expediente y a la significación objetiva del acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana". Ambas plazas han sido anunciadas a concurso, ya que los dos magistrados cesaron el mismo día del acuerdo plenario. Así, se suma una vacante más a las ya existentes en el Supremo como consecuencia de la falta de consenso entre vocales progresistas y conservadores.
"Ahora es "vox populi" que todavía hay jueces en Málaga" (presidente del tribunal de apelación del "caso Malaya")
CORRUPCIÓN, 10 mayo. El presidente de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Málaga, Carlos Prieto Macías, ha manifestado en una entrevista concedida al diario La Opinión de Málaga y en relación con las actuaciones del juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Tores, que "como ciudadano me agrada que sea "vox populi" que todavía hay jueces en Málaga, como diría el molinero prusiano". Se da la circuntancias de que el tribunal que preside Prieto Macías es el único competente (por la "regla del antecedente") para resolver todas las apelaciones formuladas y que se presenten contra las resoluciones de Torres en el polémico y complejo asunto. El ponente de los correspondientes rollos de apelación es el magistrado Andrés Rodero, por la misma regla, según la cual el primer tribunal y el ponente asignado que resuelvan una apelación serán competentes para la tramitación y resolución de ulteriores recursos interpuestos en la misma causa.
Carlos Prieto tiene 66 años de edad, es miembro de la Asociación Francisco de Vitoria (asociación judicial considerada de centro-derecha) y recibirá el próximo 25 de mayo la Cruz Distinguida de la Orden de San Raimundo de Peñafort (Primera Clase), tras más de 40 años ejerciendo la función judicial y como agradecimiento de sus compañeros por su labor en su sección penal.
El TSJA ordena al juez del "caso Malaya" que le remita el auto de detención de la hija de Roca que denegó a la querellante
CORRUPCIÓN, 9 mayo. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una providencia por la que requiere al juez del "caso Malaya", Miguel Ángel Torres, a fin de que le remita el auto de detención que dictó contra María Roca Jimeno, hija del considerado cerebro de la corrupción municipal habida en el Ayuntamiento de Marbella, Juan Antonio Roca. En la misma resolución el TSJA ordena también al juez querellado que le remita testimonio de la pieza de situación personal de María Roca, a fin de decidir sobre la admisión a trámite de la querella interpuesta por prevaricación judicial. Con esta resolución del TSJA queda acreditado que el juez Torres denegó a la querellante o retrasó reiterada e injustificadamente la entrega del testimonio del auto de detención debidamente solicitado por la detenida y ahora querellante, lo que revela suficiente motivo para que el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial investigue ésta y otras actuaciones incomprensibles del juez Torres, que pudieran ser constitutivas de infracciones disciplinarias.
Abierto juicio oral contra el dueño de OIKOS por delitos de allanamiento y robo de un equipo informático de PRIUS
CORRUPCIÓN, 9 mayo. La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Fuengirola, María de los Ángeles Serrano Salazar, ha dictado auto de apertura de juicio oral por delitos de robo con fuerza, realización arbitraria del propio derecho y allanamiento del domicilio de la empresa de abogados PRIUS, Defensa y Asistencia Jurídica, S.L., contra Antonio López Román, propietario de la conocida empresa OIKOS que tiene su sede en Fuengirola (Málaga) y dedicada a la elaboración y comercialización de productos considerados "medicamentos ilegales" por el Ministerio de Sanidad. El Ministerio Fiscal y PRIUS formularon acusación contra López Román, que afronta una petición de siete años de cárcel, amén de elevadas penas de multa y una responsabilidad civil de 300.000 euros. Según el escrito de acusación, al que ha tenido acceso CORRUPCION.es, los hechos sucedieron el día 5 de febrero de 2003 cuando el dueño de OIKOS allanó el local que tenía arrendado a PRIUS desde septiembre de 2002, cambiando la cerradura y sustrayendo del mismo varios equipos informáticos completos, uno de ellos propiedad de PRIUS y los otros arrendados por el acusado a la referida mercantil con el local. López Román "mantuvo ilegalmente la posesión material del local arrendado hasta el 23 de octubre de 2003 (ocho meses y medio), en que por el Juzgado nº 1 de Fuengirola se autorizó al representante legal de PRIUS a efectuar el oportuno cambio de cerradura, con la asistencia de la Fuerza Pública", momento que se pudo comprobar el allanamiento y simultáneo expolio ejecutados por el acusado.
La magistrada notificó lunes una resolución, por la que "no se acepta la renuncia" del abogado de López Román "ante las dilaciones que sufre el procedimiento" y al no presentar el escrito de defensa "se entiende que se opone a las acusaciones y seguirá su curso el procedimiento". El letrado formuló su pretensión de renuncia alegando que desde el 27 de febrero, en que le fue entregado el procedimiento para elaborar el escrito de defensa, no ha localizado a su defendido "tras varias llamadas e intentos infructuosos".
Un juez penal denuncia que ha estado 60 días sin móvil oficial y sin servicio de limpieza, y casi un mes sin calefacción
CORRUPCIÓN, 8 mayo. El titular del Juzgado único de Ortigueira (A Coruña), Francisco Javier García Ferrández, ha denunciado ante el Consejo General del Po
El presidente de la Audiencia canaria presionó al fiscal para liberar a un narco
Canarias7/CORRUPCIÓN, 17 feb. "Por qué no pide la libertad fianza aunque sea de 200 millones"?. Con estas palabras literales se dirigió José Antonio Martín, presidente de la Audiencia de Las Palmas, al fiscal para que aceptara poner en libertad bajo fianza a Rafael Bornia, un narcotraficante encarcelado después de estar 5 años en busca y captura. El fiscal respondió: "No, los paga y se fuga". No obstante, Martín siguió realizando gestiones con el mismo objetivo, hasta el extremo de que los otros magistrados se extrañaron de tanta insistencia, pues había "evidente riesgo de fuga". La secretaria judicial de la Sala certificó que "ni en 2004 ni en 2005 se dictaron autos de libertad mediante fianza cuando se había incautado cocaína en cantidad similar a la intervenida en este caso. Por ello, la Comisión Disciplinaria del CGPJ, según adelantó esta revista, expedientó el miércoles a Martín por tres faltas muy graves: "inobservancia del deber de abstención", "presionar a otros jueces" y "ejercer actividades de asesoramiento jurídico a un narcotraficante". Sigue a continuación.
La jueza instructora sigue investigando el patrimonio del presidente de la Audiencia de Las Palmas
Agencias/CORRUPCIÓN, 16 feb. Carla Bellini, magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que instruye las diligencias previas 1/06 contra el presidente de la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria, José Antonio Martín Martín, suspendido en funciones por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y expedientado por la Comisión Disciplinaria del mismo órgano gubernativo, ha remitido varios oficios a entidades bancarias, Agencia Tributaria y demás registros oficiales, al objeto de indagar en el patrimonio del magistrado imputado, en busca de pruebas sobre un posible enriquecimiento ilícito derivado del probable cohecho (soborno) por "favores judiciales". Bellini no recibirá declaración a Martín hasta que concluya la investigación patrimonial en curso. Mucho nos tememos que el resultado devendrá infructuoso, como sucedió con el juez de Málaga procesado por corrupción, ya que sería incoherente que, con su amplia experiencia profesional, hubiera dejado pistas documentales del más que probable soborno. Hasta el momento sólo se conoce que Martín reside en un piso que compró mediante un crédito hipotecario que aún sigue pagando y que es propietario de una segunda vivienda en La Palma, proveniente de herencia familiar. Sigue a continuación y más abajo.
Prisión incondicional para el ex director de Industria canario y su novia por corrupción en la "trama eólica"
Efe/CORRUPCIÓN, 15 feb. Como ha venido adelando esta revista, el juez instructor, Miguel Angel Parramón, dictó ayer sendos autos de prisión incondicional (sin fianza) comunicada contra Celso Perdomo y la pareja sentimental de éste y funcionaria del Cabildo de Gran Canaria, Mónica Quintana, después de que el fiscal anticorrupción canario, Luis del Río, solicitase que ambos fueran encarcelados tras someterlos a duros interrogatorios durante varios días, imputados por delitos de malversación, cohecho, abuso de información privilegiada y tráfico de influencias. El juez había prorrogado el lunes la detención de ambos por 72 horas, según prevé la ley procesal, pero la situación era manifiestamente desproporcionada e inhumana a la luz de las circunstancias concurrentes, pues la finalidad perseguida no era otra que forzar la confesión de los detenidos. De ahí que ayer modificase su decisión y elevara a prisión las referidas detenciones, con base en el "riesgo de fuga" y la posibilidad de destrucción de pruebas. En el auto de prisión de Perdomo se dice que traficó con empresarios, facilitándoles información privilegiada sobre las condiciones del concurso eólico a cambio de dinero, y cuando fue cesado como director general, en mayo de 2005, continuó con esta práctica a través del jefe de área de la Dirección General de Industria, Honorato López Torres, en libertad bajo fianza de 150.000 euros. Y respecto a Mónica Quintana el juez cimenta su auto de prisión en que actuó como intermediaria en el pago de 30.000 € que el empresario madrileño Enrique José Guzmán efectuó a favor de Perdomo a cambio de información privilegiada. El resto de los detenidos quedaron en libertad el domingo bajo elevadas fianzas (150.000 y 100.000 euros), salvo Wilebaldo Luis Yáñez, empresario canario y amigo del presidente de la Audiencia de Las Palmas, José Antonio Martín Martín, imputado por el Tribunal Superios de Justicia de Canarias por la realización de "favores judiciales".